Comentario
La organización política tradicional africana suele ser monárquica, frecuentemente hereditaria y, en todo caso, sagrada. Se rodea de una administración rudimentaria, pero no sólo central, sino provincial cuando la amplitud del Estado lo requiere. En esta administración sus miembros se hallan ligados a la jefatura por medio de relaciones e incluso ceremonias parejas a las del feudalismo europeo.
En la actualidad, sin embargo, una serie de estudiosos e historiadores africanos empeñados en la tarea de exhumar la historia de África afirman la existencia de una organización democrática del poder político en las sociedades negras. "Antes de la llegada de los europeos -declara Kenyatta- los Kikuyus tenían un régimen democrático, aunque en un principio tuvieron un sistema monárquico". Y Ojike asegura: "Es tan profundamente democrático el sistema político a lo largo de toda África, que nadie siente su libertad oprimida". Ambos autores hacen referencia, para apoyar sus tesis, a la organización de los poblados en Consejos de los jefes, de familia, que eligen a su vez los delegados para la Asamblea de Ancianos a escala tribal.
Por lo que se refiere a la Hacienda estatal, se sostiene con el correspondiente sistema fiscal, que tiende a concretarse en la recolección de una parte de los frutos y en la propiedad de los productos del subsuelo.
En general, la extensión y fortaleza de los Estados son mayores cuanto más grande es su proximidad a la presencia europea, en conexión, fundamentalmente, con el tráfico de esclavos. Este comercio en las costas del Oeste y Este de África provoca un proceso secular de concentración del poder en los mismos pueblos negros: primero, para defenderse de los cazadores de esclavos; después, para realizar, a su vez, esta misma actividad económica en los pueblos vecinos más débiles (actuando así de intermediarios con los compradores blancos o árabes).
De esta forma, el tráfico de esclavos, sobre cuya enorme incidencia demográfica se han hecho cómputos que oscilan entre 5 y 25.000.000 (cifra esta última que supondría 1/8 de la población del continente en 1960), provoca un segundo proceso secular, en este caso de repliegue de los pueblos más débiles hacia las montañas, suscitando en las zonas costeras y subcosteras la lenta constitución de las grandes unidades políticas que se encuentran los colonizadores europeos a su llegada.
Junto a las costumbres religiosas y las instituciones políticas y sociales, las normas jurídicas constituyen uno de los elementos fundamentales de la estructura de una sociedad.
El derecho africano es consuetudinario y está impregnado de elementos religiosos: el soberano es, también, la mayor parte de las veces, sumo sacerdote, y las familias son asociaciones rituales. De ahí se deducen importantes consecuencias para la concepción del derecho de propiedad de la tierra: las tierras pertenecientes a la familia africana gozan de una inalienabilidad perpetua y son indivisibles.